¿Está mi programa adaptado?
Desde el pasado 1 de Julio, los tipos de IVA en vigor hasta la fecha han sufrido un incremento. El tipo general pasa del 16% al 18% mientras que el tipo reducido pasa del 7% al 8%, el tipo super reducido (4%) y los recargos de equivalencia permanecen igual.
CanalPC, en calidad de partner oficial de SAGE - SP, distribuye los programas ContaPlus, FacturaPlus, TPVPlus, NominaPlus y PYMEPlus en sus distintas versiones. Si necesitas ayuda en la adaptación de tu software de gestión SP no dudes en llamarnos al 94 470 44 36 o al email empresas@canalpc.es
¿Qué ocurre con las facturas emitidas?
Como se ha indicado en el punto anterior todas las facturas a partir del 01/07/2010 se deben emitir con los nuevos tipos de IVA en vigor: 18 y 8%, respectivamente.
¿Cómo debemos proceder en el caso de las facturas rectificativas cuando la factura rectificada sea de fecha anterior a la entrada en vigor de los nuevos tipos?
En el caso de tener que emitir facturas rectificativas a partir del 1 julio de 2010, cuando la factura rectificada sea anterior a dicha fecha, será necesario incluir en el registro de rectificación el nuevo tipo de IVA.
Por ejemplo si en una factura con fecha 25/06/2010 se produjo un error a la hora de indicar el precio unitario en la factura rectificativa de fecha 02/07/2010 incluiremos 2 líneas: la primera, en negativo, que anula la original y con el tipo de IVA anterior (16%); y la segunda en positivo, con el precio unitario correcto, y el nuevo tipo: 18%
¿Qué ocurre con los documentos pendientes de facturar?
Uno de los problemas fundamentales que plantea la realización de un cambio de tipos de IVA, especialmente a mitad de ejercicio es que en el sistema de gestión existirán documentos previamente creados tales como pedidos y presupuestos con los tipos originales de IVA (16%, 7%) pero que deben facturarse con los nuevos tipos (18%, 8%).
Por ello en el momento en el que comencemos a crear documentos con fecha de Julio, será necesario proceder con la actualización de los tipos de IVA de los artículos.
¿Y con los precios?
Al modificar el tipo de IVA los Precios de Venta al Público experimentarán un incremento proporcional a dicha modificación. No obstante dicho incremento puede ser asumido por el usuario.
La variación de precios conlleva además el establecimiento de nuevos precios psicológicos, siendo necesario generar nuevos redondeos
Esta variación, igualmente afectará a los precios especiales establecidos por clientes, proveedores o artículo: son las denominadas atípicas que el usuario debe tomar en cuenta a la hora de realizar las modificaciones pertinentes.
Además hay que tener en cuenta que, conforme a lo establecido legalmente, a partir del 01/07/2010, será necesario proceder con el reetiquetado de los artículos en el caso de que el PVP, como se ha señalado sufra alguna variación al respecto.